Antiguo y abandonado blog de Ricardo Galli :-(

Friday 16/3/2007

Sentencia favorable en juicio laboral contra Bitel

Filed under: Legales, Personal — gallir @ 12:31

Me acaban de informar que el juez ha dictado sentencia a favor de los demandantes en un juicio laboral contra Bitel S.A. (empresa participada por el Govern Balear). Yo era perito de parte de los demandantes y mi informe dejaba claro que en mi opinión la categoría laboral de los demandantes no podía ser la de auxiliar administrativo como sostenía la empresa sino de técnicos (están por enviarme la sentencia por FAX, si hay algo interesante lo comentaré).

El juicio oral fue el 8 de marzo pasado y desde ese día no me sentía muy bien por no haber reaccionado y previsto lo que podía pasar. El abogado de la empresa recurrió a un extraño y falaz juego de palabras con la definición de el ordenador de aplicaciones en el convenio colectivo, por lo tanto afirmaba que los servidores a los que tenían acceso los demandados no era “el ordenador de aplicaciones” como dice el convenio colectivo de trabajo (tiene texto anticuado, con terminología heredada de los años 70 u 80).

¿Alguien conoce algún ordenador que no sea de “aplicaciones”?. Pero una persona no experta –como jueces y abogados– podrían haber caído en la trampa y pensar que todos los programas del sistema informático del Govern se ejecutan en únicamente en un ordenador: “el ordenador de aplicaciones”.

Y aquí la paradoja. No sólo que los colegios de informática (el de técnicos o ingenieros) no han hecho nada por defender la categoría profesional de estas personas –dirán que no le corresponde, o que es un tema sindical, que lo es–, además el presidente de la empresa Bitel es co-fundador y decano del Colegio Oficial de Informática de Balears, y como mínimo no se opuso a los argumentos intencionadamente falaces del abogado de la empresa.

La enorme distancia entre el discurso “político”, los estatutos, y los hechos. Chirría aún más tratándose de una empresa de la administración y que trabaja para la propia administración.

Para rematar, la primera pregunta que me han hecho y con claras intenciones de confundir fue si yo estaba adscripto al colegio de informática. Sólo dije “NO”, quizás tendría que haber ampliado que no tenía ninguna obligación legal, que no significa nada que lo sea, de hecho el decano del colegio era la parte demandada. (Desde el punto de vista de la independencia y objetividad profesional me preocupa, mucho, que se empiece a usar este argumento de “colegiado o no” en todos los juicios, sobre todo cuando hay intereses cruzados, como en este caso).

Paradojas. No se me ocurre –por ejemplo, y salvando las distancias– que el secretario general de la UGT o CCOO pueda ser al mismo tiempo consejero delegado de Repsol y parte contraria por un juicio laboral de sus trabajadores.

Ains, como echo en falta una troncal de “ética y lógica filosófica” en las carreras informáticas.

16 Comments

  1. Sería Deontología Informática Ricardo… pero te aseguro que esas cosas se olvidan en cuanto llegas al mundo laboral… salvo contadas ocasiones.

    Por cierto: que mala idea el abogado… si es que…. mira que aplicar leyes obsoletas de cuando los ordenadores ocupaban salas completas (siempre) y funcionaban casi a palanca :-D

    Comment by Tora — Friday 16/3/2007 @ 14:00

  2. > Sería Deontología Informática Ricardo… pero te aseguro que esas cosas se olvidan en cuanto llegas al mundo laboral… salvo contadas ocasiones.

    Sipes, pero espero que los que tengan que testificar en juicios lo recuerden mejor.

    > mira que aplicar leyes obsoletas

    Lo aclaré mejor, la definición la sacaban del convenio colectivo de trabajo.

    Comment by gallir — Friday 16/3/2007 @ 14:17

  3. Ains, como hecho en falta una troncal de “ética y lógica filosófica” en las carreras informáticas.

    Si me permites la sugerencia,un poco off-topic, lo que hace falta es una asignatura de fundamentos de derecho para informáticos. Una que, de una forma asequible, sin lenguaje excesivamente tecnicista, enseñe a los informáticos las leyes que rigen en el mundo off-line, hasta donde pueden llegar.

    Yo, personalmente, aspiro a poder impartir algún día dicha asignatura. Tampoco estaría de más, por cierto, unos fundamentos de informática para jueces, fiscales y abogados en general. A tanto no me atrevo, pero estaría dispuesto a firmar.

    Comment by Ender — Friday 16/3/2007 @ 14:53

  4. Todo lo que toca de cerca o de lejos a los asuntos del derecho se vuelve terreno pantanoso. Por no hablar de la tecnología donde te encuentras verdaderas perlas judiciales. Sobre lo de

    No se me ocurre –por ejemplo, y salvando las distancias– que el secretario general de la UGT o CCOO pueda ser al mismo tiempo consejero delegado de Repsol y parte contraria por un juicio laboral de sus trabajadores.

    Haberlos haylos, casos donde un delegado sindical forma parte del consejo de administración de una empresa y apoya acuerdos en contra de sus compañeros de trabajo (y sindicato). Y un caso más “curioso”, de una directora de centro público (entre cuyas funciones está llevar a cabo la política laboral) que se presenta a las elecciones sindicales como delegada por un sindicato… iba a ser curioso verla en su doble papel de representante de los trabajadores y directora del centro en una negociación colectiva…. ¿doble personalidad? jaja

    Comment by corsaria — Friday 16/3/2007 @ 15:28

  5. ¡Que malos son los colegios de ingenieros en informática, coño!, si ya lo sabía yo. Que el otro día atropelló un coche a una viejecita, ¡Y el conductor era colegiado en un colegio de ingenieros en informática! Era evidente, ¿no?

    Comment by luis — Friday 16/3/2007 @ 18:35

  6. Ahí estamos, #5, aplicando esos fundamentos científicos tan bien aprendidos para rebatir unos hechos.
    Menos mal que hemos pasado la etapa de ataques Ad-Hominem. :)

    Comment by anonimator — Friday 16/3/2007 @ 19:00

  7. >>Haberlos haylos, casos donde un delegado sindical forma parte del consejo de administración de una empresa y apoya acuerdos en contra de sus compañeros de trabajo (y sindicato)

    Y que si haylos! lo peligroso es que el mal está tan extendido e instalado que hasta los propios trabajadores dan el hecho por inevitable, cosa esta que desasosiega si alguien tiene esperanzas que el rumbo cambie.
    Y hablo sobre todo por la empresa pública que es en donde desde hace más de una década, los propios ex-sindicalistas son los que ocupan los puestos de responsabilidad de la empresa. A la vez, siguen teniendo el control del movimiento sindical a través de sus colegas, en un pasado compañeros de lucha, que aguardan turno para ocupar el primer sillón que se quede libre. Todo esto se produce y se mantiene con tramas que a veces recuerdan a la compañía de la exitosa serie de Prisón Break :-) en donde se presiona y se amenaza, se deja atado el lavado de cara, se desvían atenciones…

    Así es la vida, por un lado nos congratulamos de pertenecer a empresas con fuerte presencia sindical, que sería sinónimo de un mejor status laboral, pero está visto que cuando existe una cierta concentración de poder, la falta de dignidad de las personas florece.

    Comment by Toni.M — Friday 16/3/2007 @ 19:35

  8. “Gremialismo on the rock’s” :-P
    Un abrazo.

    Comment by Enrique Castro — Saturday 17/3/2007 @ 9:51

  9. Hola, creo que hay bastante diferencia entre ser el jefe de un sindicato y el jefe de un colegio de profesionales. al menos en este caso. un sindicato forma la oposición al empresario casí “por definición”, pero el colegio, si no lo entiendo mal, más bien agrupa personas que ejercen la misma profesión.

    ahora bien, no tiene nada de ético actuar en un juicio desde los dos lados de la barricada.

    un saludo
    dz

    Comment by dz — Saturday 17/3/2007 @ 14:22

  10. Bueno, a grandes rasgos me parece una actuación sensata: Si el gerente de la empresa es el decano, es razonable acudir a una 3ª parte. “Evita la ocasión y evitarás el peligro”.

    Ahora bien, también podemos argumentar que este señor fue profesor donde tú ya sabes y que, por ese motivo, el peritaje se podría ver influenciado (para bien o para mal) por esa relación.

    Lo que argumentas en el peritaje parece más que sensato y razonable, con lo cual creo que está bastante claro que esa influencia no se ha dado.

    Conclusión: deducir que un perito de aquél colegio estaría influenciado por el hecho de que el gerente de la empresa demandada también pertenece al colegio es una simple suposición. De hecho, hay colegiados peritos de ese colegio en empresas competidoras que no tendrían ningún problema en llevar a cabo un peritaje justo.

    Repito: me sigue pareciendo perfecto que, en este caso concreto, lo haya hecho una 3ª parte.

    Ah! Y, sí, hubiera estado muy bien que le recordaras al juez que no tienes la obligación de estar colegiado y porqué. En los estatutos del colegio pone bien claro quiénes estarían “obligados” a colegiarse y quiénes no.

    En otro orden de cosas, sólo quería decir que no tenía ni idea de que se estaba dando este contencioso. Me consta que la gerencia de la empresa tiene una buena relación con el comité de empresa y también sé que una de las reclamaciones de estas personas era el reconocimiento de su categoría laboral. Sus razones tendrán, pero me sorprende que hayan llegado ante el juez.

    Comment by Paco Ros — Saturday 17/3/2007 @ 14:49

  11. ¿!Hay alguien obligado a colegiarse?!

    Comment by Benjamí — Saturday 17/3/2007 @ 15:40

  12. Benjamí, és el que posa als estatuts del COEIIB, plana 11. Per això ho deia, perquè, precissament, al mateix lloc diu en quins suposts aquesta col·legiació no seria “obligatòria” i en Ricardo hi entra.

    No entraré en si legalment és o no vàlid. Ja en vaig quedar escalivat l’altra vegada de fer interpretacions jurídiques.

    L’únic que volia dir és que pareix evident que no hi havia cap supòsit en el qual calés que en Ricardo estigués col·legiat i que, com que li varen demanar, podria haver fer servir aquest argument i explicar que no li feia falta.

    Comment by Paco Ros — Saturday 17/3/2007 @ 16:34

  13. #10, paco, el problema fundamental que me parece no has captado es que desde mi punto de vista el abogado de la defensa denigró y con falsos argumentos al trabajo de los técnicos. Y resulta que el director de esa empresa es decano del colegio oficial, que estaba de acuerdo obviamente.

    No es que sólo haya un conflicto de intereses, sino que deberían haber saltado las alarmas (y denuncias) por no respetar un mínimo código deontológico. ¿Se discutió o discutirá este tema en el colegio? ¿cómo se denuncia?.

    Por razones de ética profesional no comentaré lo que han expresado los peritos de Bitel, pero vaya, ¿qué hace el colegio para investigar esto? (no hace ni hará nada).

    > el peritaje se podría ver influenciado (para bien o para mal) por esa relación.

    No, porque no tiene nada que ver que seamos de la UIB con que seamos del colegio. Esa pregunta es con toda la mala leche del mundo, para hacer creer al juez que mi informe no tiene la misma credibilidad al no estar colegiado.

    > Sus razones tendrán, pero me sorprende que hayan llegado ante el juez.

    ¿Te sorprende? Me extraña. Simplemente han llegado a juicio Bitel (y su director) se negaron a reconocerles la categoría laboral, incluso después que la inspección laborar confirmase sus tareas (y mi informe) y en todo el proceso no quisieron llegar a ningún acuerdo.

    Comment by gallir — Saturday 17/3/2007 @ 19:08

  14. Ricardo: se dice “echar en falta” (no “hechar en falta”) ;-)

    Comment by Felipe Alfaro Solana — Saturday 17/3/2007 @ 21:02

  15. > Ricardo: se dice “echar en falta” (no “hechar en falta”) ;-)

    Argh! ¿yo escribí eso? daumau… no puede ser :-)

    Comment by gallir — Saturday 17/3/2007 @ 21:26

  16. Hola, soy estudiante de la uib y trabajador de Bitel.
    Me gustaria saber si ustedes estan situados en la UIB para resolver unas dudas sobre esta polemica. Gracias y
    Saludos!!

    Comment by Bit — Saturday 7/4/2007 @ 11:11

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